Ciudad Bolívar

Caracas.- La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró este lunes "inadmisible" el recurso contra la Asamblea Nacional Constituyente (ANC) que interpuso el jueves ante esa instancia la fiscal general de la República, Luisa Ortega Díaz.

A través de su cuenta en Twitter, el Poder Judicial calificó como "inepta" la "acumulación de pretensiones" de Ortega Díaz, quien también había solicitado a la Sala Constitucional que aclarara la sentencia 378 donde se resuelve que el Presidente de la República puede convocar la Constituyente sin consulta popular previa.

De acuerdo con la sentencia N° 67 de la Sala Electoral publicada en la página web del TSJ, se resolvió declarar inadmisible el recurso contencioso electoral de la fiscal “por acumularse en un mismo libelo pretensiones de nulidad de actuaciones emanadas de distintos órganos del Poder Público, cuyo conocimiento corresponde a jurisdicciones distintas, de conformidad con lo establecido en los artículos 180 y 181 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en concordancia con los artículos 133.1 eiusdem (de la ley previamente mencionada), y 78 del Código de Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente por remisión expresa del artículo 98 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia”.

El ente judicial también declaró inoficioso “el pronunciamiento sobre el amparo cautelar y subsidiariamente la medida cautelar innominada de suspensión de efectos, en virtud que la declaratoria de inadmisibilidad por inepta acumulación de pretensiones no admite, ni aun preliminarmente, la presunción de buen derecho (fumus boni iuris), o en su defecto, el mencionado requisito en concurrencia con la presunción de riesgo manifiesto por inejecución del fallo (periculum in mora)”. 

Fuente eluniversal

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